Identificador |
AB001AW1441247 |
Fecha |
2024-01-19 12:00:00+00 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
Gabinete Ministra del Interior y Seguridad Pública, Palacio La Moneda |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Claudio Escobar | Gestor de intereses | Asociación de Productores de Pisco A.G | Asociación de Productores de Pisco AG. |
Claudio Cilveti | Gestor de intereses | Vinos de Chile A.G | Asociación Gremial Vinos de Chile |
Francisco Munizaga | Gestor de intereses | Asociación de Productores de Pisco A.G | Asociación de Productores de Pisco AG. |
Ximena Bravo | Gestor de intereses | Asociación de Productores de Cerveza de Chile | Asociación de Productores de Cerveza de Chile AG |
Juan Pablo Solis de Ovando | Gestor de intereses | Asociación Gremial de Fabricantes y Distribuidores de Licores y Bebidas Espirituosas de Chile A.G. | Asociación Gremial de Fabricantes y Distribuidores de Licores y Bebidas Espirituosas de Chile A.G. |
Pablo Ibáñez | Gestor de intereses | Asociación Gremial de Fabricantes y Distribuidores de Licores y Bebidas Espirituosas de Chile A.G. | Asociación Gremial de Fabricantes y Distribuidores de Licores y Bebidas Espirituosas de Chile A.G. |
Claudia Carbonell Piccardo | Gestor de intereses | Vinos de Chile A.G | Asociación Gremial Vinos de Chile |
Bárbara Wolff | Gestor de intereses | Asociación de Productores de Cerveza de Chile AG |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Cómo gremios que representamos a los productores, distribuidores e importadores de bebidas con alcohol del país (Asociación de Productores de Cerveza de Chile (ACECHI); la Asociación Gremial de Vinos de Chile; la Asociación Gremial de Fabricantes, Distribuidores y Productores de Licores y Bebidas Espirituosas de Chile (Espirituosos Chile) y la Asociación Gremial de Productores de Pisco de Chile) hemos estado trabajando constantemente con la autoridad en la ley N° 21.363 se publicó del 6 de agosto de 2021, la cual establece normas en materia de comercialización, etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas, introduce modificaciones a la Ley N°19.925 sobre expendio, comercialización y producción de bebidas alcohólicas, y otras normas relacionadas, estableciendo ciertas limitaciones a la publicidad de bebidas alcohólicas, así como la obligación de incorporar advertencias sobre consumo nocivo en el envase de este tipo de productos, además de dicho reglamento y manual de normas gráficas.<br /> <br /> Considerando que fue el Ministerio de Interior quién fue el encargado de dirimir las discrepancias entre los Ministerios que estuvieron a cargo de la confección del reglamento, creemos importante el poder reunirnos con ustedes - como industria - para presentarles algunas preocupaciones que tenemos respecto al manual de fiscalización (el cual se está confeccionando) y que creemos que afectaría gravemente a la industria (fundamentalmente a las PYMES y a la gran cantidad de trabajos directos e indirectos que da el sector) debido a la intención de la autoridad de que exista un recall (retirada de productos en los puntos de venta), cosa prácticamente inédita para la industria.<br /> <br /> Creemos que modificando los criterios de fiscalización por medio del manual del mismo, podemos hacer que se cumpla lo establecido en la ley y en el reglamento, pero sin afectar a la industria y especialmente a las PYMES. |