En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2023-08-23 20:30:00+00 | AJ001AW1390949 | Sujeto Pasivo | Gabriel Silber | Asisten: Vicente Aliaga Medina, Natalia Reyes Díaz y Matías Sandoval Serrano por el Ministerio de Educación; Carlos Lagos y Gabriel Silber, abogados del Colegio Alberto Blest Gana. Los solicitantes requieren consejo sobre cómo solicitar el alzamiento del gravamen de prohibición de celebrar actos y contratos recaído sobre el inmueble del colegio del sostenedor que representan, que fue inscrito como garantía tras la entrega de aporte estatal para la implementación de la jornada escolar completa en el establecimiento. Se les indica que aquella gestión efectivamente se realiza, pero deben dirigir su consulta a la Dirección de Educación Pública, encargada de este asunto desde la dictación de la ley N°21.040. |
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Sujeto Pasivo | Carlos Lagos | |||||
2023-08-17 20:30:00+00 | AJ001AW1383850 | Sujeto Pasivo | ANGELICA ESPINOZA CERDA | Asisten: Vicente Aliaga Medina, Natalia Concha Manso y Jorge Toro Morales, por el Ministerio de Educación; Sylvia Riquelme, Alicia Bobadilla, Angélica Espinoza, Camila Escarabello como representantes. Alicia manifiesta su interés en que la pedagogía hospitalaria tenga rango legal como modalidad educativa. Presentaron un proyecto de ley que aborda el tema que pretende reconocer la pedagogía hospitalaria. Indican que el proyecto no tiene que ver con la subvención escolar, la modalidad requiere una atención especializada y específica. La modalidad reconoce 3 aristas: En aula hospitalaria, a domicilio y hospitalaria propiamente tal. Su interés es que la atención educativa hospitalaria sea reconocida en la ley en todas sus aristas. Señalan que el reconocimiento de la modalidad propende a evitar la deserción. Angélica da cuenta de la cobertura de la educación hospitalaria y de las facilidades para su acceso (matriculan todo el año, tiene sub-modalidades atendiendo a las necesidades específicas de cada paciente). Señala que es necesario que la regulación sobre la materia atienda a las particularidades de la modalidad que la distinga de la modalidad regular y de sus requisitos. Sylvia da cuenta de problemas con la fiscalización de la SUPEREDUC, dado que ésta se realiza bajo los parámetros de la educación regular. Señala que, si bien trabajan con el currículo del Ministerio, las específicas condiciones en las que se desarrollar el proceso educativo requiere que el marco sea más flexible. Camila enumera problemas que pretenden solucionar: No existen requisitos ni condiciones para la creación de una aula hospitalaria, señala que al regular la modalidad educativa podrían establecerse estándares de arquitectura; el resguardo de las trayectorias (hospitaleducación regular); requisitos mínimos para que los sostenedores funcionen. Alicia enfatiza en que el apoyo del Ministerio, entendiendo que la solución no es un día para otro, se puede manifestar en los temas más urgentes y en la elaboración de un marco que la reconozca como modalidad educativa. Indica que lo que pretenden es que al artículo 22 de la LGE se incorpore la mención de la pedagogía hospitalaria. Existen muy pocos decretos que regulan la pedagogía hospitalaria, señala que urge profundizar en la regulación sobre la materia. |
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Sujeto Pasivo | Camila Ruth Scarabello Gonzalez | |||||
Sujeto Pasivo | Sylvia Fernanda Riquelme Acuña | |||||
Sujeto Pasivo | Pablo Michel Andrés Orozco Bass | |||||
Sujeto Pasivo | ALICIA BOBADILLA | |||||
2023-07-27 20:08:00+00 | AJ001AW1375777 | Sujeto Pasivo | Gonzalo Bravo Alvarez | Los solicitantes exponen dos problemas que aquejan a determinados colegios parroquiales que representan. Por un lado, comentan los inconvenientes que han tenido para que la iglesia transfiere la calidad de sostenedor a una fundación de derecho privado, que permitiría gestionar de mejor manera los colegios. Frente a ello, consultan cómo podría materializarse aquello. El jefe jurídico les explica que aquello es imposible por la regulación actual de la materia, que justamente tiene como finalidad restringir la transferencia de a calidad de sostenedor para evitar malos usos de los recursos públicos educacionales. Se le informa que eso solo sería posible mediante una reforma legislativa. Por otro lado, exponen el problema que les genera el rechazo de la delegación de la representación legal del sostenedor que intentó hacer el párroco a una persona laica. Indica que aquello les obstaculiza recibir subvenciones y les genera complicaciones financieras. El jefe jurídico expone las razones jurídicas de ello y evalúan vías de acción. |
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Sujeto Pasivo | Augusto Segura | |||||
Sujeto Pasivo | Aurora Abigail Calderón Nuñez | |||||
2023-06-08 20:30:00+00 | AJ001AW1348789 | Sujeto Pasivo | Fabiola Vallejos | Los asistentes conversan sobre el procedimiento administrativo llevado a cabo en el marco de la solicitud de ampliación de capacidad y reconocimiento de local adicional ingresada por Corporación Educacional CREE Down y la situación particular del establecimiento. Se le explica a la solicitante las razones jurídicas que fundan el rechazo de los recursos administrativos interpuestos, de tal forma que pueda evaluar nuevas vías de acción. | Ver Detalle | |
2023-05-04 20:00:00+00 | AJ001AW1326118 | Sujeto Pasivo | Sandra Ruiz | Asistentes: Vicente Aliaga Medina, Natalia Concha Manso y Isabella Menéndez Cereceda, por el Ministerio de Educación; Sandra Ruiz y Alberto Tobar, por la Fundación Educacional Luksic (colegio de Calle Larga). Consultas por la Ley Miscelánea de Educación. -feriados legales de asistentes y docentes -inicio del año escolar |
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2023-03-29 15:30:00+00 | AJ001AW1313915 | Sujeto Pasivo | VALESKA CRISTINA MADRIAGA FLORES | ENTREGA DE ANTECEDENTES RESPECTO A LA RESOLUCION EXENTA 1798 DE 2018, QUE AUN ESTA EN ESTUDIO | Ver Detalle | |
2023-03-23 19:33:00+00 | AJ001AW1296840 | Sujeto Pasivo | Juan Lara | Hace diez meses se ingresó solicitud para certificar actividades culturales para exención tributaria. Se explica las razones por las cuales se solicita el certificado que acredita la realización de actividades, y el estado de la tramitación. |
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Sujeto Pasivo | Paula Jaramillo |