Identificador |
AL001AW0094544 |
Fecha |
2016-03-09 19:00:00+00 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
AGUSTINAS 1253, PISO 10 DIRECCIÓN NACIONAL DEL TRABAJO |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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María Angélica Sotomayor | Gestor de intereses | COLEGIO DE QUIMICO FARMACEUTICOS DE CHILE | María Angélica Sotomayor Saavedra, Abogado |
Mauricio Huberman | Gestor de intereses | Mauricio Huberman Rodriguez |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Debido a que la nueva Ley de Fármacos Nº 20724, establece en su art. 129 A) inc. 1º que las farmacias deberán ser dirigidas técnicamente por un químico farmacéutico que deberá estar presente durante todo el horario de funcionamiento del establecimiento, los asistentes consideran que esta obligación ha acarreado una serie de abusos, tales como contratos según el art. 22 del Cód. del Trabajo; pago de bonos ilegales; falta de reemplazos para trabajadores por turnos, etc. Solicitarán formalmente un pronunciamiento a este Servicio. Las denuncias puntuales se coordinarán con el Jefe del Departamento de Inspección. |