Identificador |
AL003AW0358850 |
Fecha |
2017-10-02 14:00:00+00 |
Forma |
Presencial |
Lugar |
por encargo de Sr. Director del Trabajo lo recibe don José Francisco Castro, Jefe del Departamento Jurídico de la Dirección del Trabajo, en Agustinas 1253, 9° piso. |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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SIXTA MAGADALENA POSTIGO MORENO | Gestor de intereses | Confederación Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Enseñanza Media Técnico-Profesional | |
PATRICIA DE LAS NIEVES DIOCARES PINO | Gestor de intereses | Confederación Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Enseñanza Media Técnico-Profesional | |
Alejandra Miranda | Gestor de intereses | Confederación Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Enseñanza Media Técnico-Profesional | |
enrique javier villalon baeza | Gestor de intereses | Confederación Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Enseñanza Media Técnico-Profesional | |
Cristián Sepúlveda | Gestor de intereses | Confederación Nacional de Federaciones y Sindicatos de la Enseñanza Media Técnico-Profesional |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Dirigentes señalan que han ingresado solicitud de reconsideración de dictamen 1911/045, de 05.05.2017, específicamente respecto del numeral 6) que señala "A contar de la entrada en vigencia del nuevo texto del artículo 80 del Estatuto Docente, no resulta procedente que las actividades curriculares no lectivas se pacten como horas de libre disponibilidad, debiendo las partes, si ello fuera procedente, ajustar los contratos a fin de dar cumplimiento a la norma legal de que se trata."<br /> Exponen asimismo los fundamentos de la solicitud de reconsideración |