En este registro encontrará las audiencias efectuadas en conformidad con la ley N° 20.730 por los sujetos pasivos que se señalan.
Fecha | Identificador | Asistentes | Representados | Materia | Detalle | |
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2017-12-12 06:30:00+00 | AL003AW0396445 | Sujeto Pasivo | HUGO CUEVAS SALDAÑA | Se trataron con el usuario, los criterios definidos por el Servicio para el tratamiento y aprobación de sistemas excepcionales de distribución de trabajo y descanso para guardias de seguridad. Se le indició que el Servicio no considera puestos de trabajo calificados los de: nocheros, conserjes; rondines y similares. |
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2017-11-29 07:00:00+00 | AL003AW0389609 | Sujeto Pasivo | ROBERTO ANDRES MEDINA ALDERETE | L a empresa informó el estado de las negociaciones para suscribir un instrumento colectivo con uno de los Sindicatos. Se explicaron los diferentes escenarios previstos en la normativa interna del Servicio, respecto de la renovación y de la no renovación de un sistema excepcional de distribución de la jornada de trabajo y descanso. Asimismo, se discutieron los criterios generales previstos por el Servicio, para la calificación de los servicios mínimos y la determinación de equipos de emergencia. |
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Sujeto Pasivo | Renzo Stagno | |||||
2017-11-27 19:30:00+00 | AL003AW0385025 | Sujeto Pasivo | Carlos Bravo | Se discutieron diversos aspectos, al nivel regional, de la calificación de servicios mínimos conforma al a limitación del derecho a huelga previsto en la ley. También del papel de los organismos reguladores y fiscalizadores que deben contribuir con informes técnico a la calificación y el conocimiento y compromiso de sus respectivos Servicios o Ministerios con el proceso. | Ver Detalle | |
Sujeto Pasivo | Claudia Norambuena Sanzana | |||||
2017-11-20 04:30:00+00 | AL003AW0385246 | Sujeto Pasivo | PAOLA ORTIZ BALDECHI | Usuaria expuso sobre circunstancias en las que se cursó la infracción. Se le explicaron en detalle las alternativas jurídicas extraordinarias de impugnación existentes, transcurridos dos años desde que la multa se encuentra ejecutoriada y traspasada para su cobro a la Tesorería General de la república. Además, se le indicó que para efectos de rebaja, condonación o pago en cuotas de la multa, el órgano competente era precisamente la tesorería General de la República. | Ver Detalle |