Audiencias - Año 2021 - David Venegas

1. Información General

Identificador

AM010AW1024287

Fecha

2021-11-10 14:30:00+00

Forma

Videoconferencia

Lugar

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Duración

1 horas, 0 minutos

2. Asistentes

Nombre completo Calidad Trabaja para Representa a
José Arévalo Gestor de intereses JOSE ARNOLDO AREVALO MEDEL
PAOLA RIQUELME Gestor de intereses PAOLA RIQUELME PAILAMILLA

3. Materias Tratadas

Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos.

4. Especificación materia tratada

DESCARGOS Y ACOMPAÑA DOCUMENTOS<br /> DIRECCION DE VIALIDAD DE LA ARAUCANIA<br /> JOSÉ ARNOLDO AREVALO MEDEL, chileno, comerciante, divorciado,<br /> cédula nacional de identidad número 12.742.748-8, domiciliado en el Kilómetro<br /> trece del camino público Villarrica a Loncoche, en relación al Oficio Nº 1892 de<br /> fecha 11 de agosto de 2021, en el cual se me notifica un plazo para restituir<br /> foso de la faja fiscal, respetuosamente digo:<br /> SOBRE LA PRESUNTA INFRACCIÓN.-<br /> De acuerdo con el oficio recibido se me acusa de infringir el artículo 36 del<br /> Decreto con Fuerza de Ley Nº 850, específicamente por obstruir foso existente<br /> en faja fiscal. Cabe señalar, que no he obstruido foso alguno y que, en dicho<br /> tramo o sector, no existe foso fiscal.<br /> Compré la propiedad, el día 30 de julio de 2015, mediante escritura<br /> pública, suscrita en la Notaría de Villarrica, la cual se inscribió en el Conservador<br /> de Bienes Raíces de Villarrica, el día 25 de agosto de 2015. Ya en esa época<br /> existían los accesos que se mencionan en el oficio Nº 1892 de fecha 11 de<br /> agosto de 2021, en consecuencia, no existía el foso que se me acusa de obstruir.<br /> Al poco tiempo de adquirir la propiedad se ejecutó en el sector una obra<br /> de mejoramiento del alcantarillado de la localidad de Ñancul, los planos y<br /> levantamiento topográfico realizado en el año 2013 ya daban cuenta que en<br /> dicho tramo no existe foso fiscal y demuestra la existencia accesos. Estas obras<br /> se podrán verificar consultando en la Municipalidad de Villarrica, pues ella<br /> postuló el proyecto, licitó las obras y cuenta con toda la documentación<br /> relacionada con dicho proyecto, siendo los planos decidores al respecto.<br /> También ha ejecutado obras en el sector el Comité de Agua Potable de la<br /> localidad de Ñancul, quienes por lo demás tienen parte de la red bajo los accesos<br /> mencionados, con quienes podrá constatar lo que expongo.<br /> En consecuencia, desde ya podrá apreciar, que no he cometido la<br /> infracción de obstruir un foso, que por lo demás en dicho tramo no existe. Se<br /> demuestra lo señalado, además, con las siguientes imágenes:<br /> IMAGEN SATELITAL TOMADA EN AGOSTO DE 2010<br /> IMAGEN SATELITAL TOMADA EN MARZO DE 2015<br /> IMÁGENES DE NOVIEMBRE DE 2014 POR VEHICULO DE GOOGLE<br /> <br /> <br /> Las imágenes son claras en dar cuenta lo expuesto, en consecuencia, no<br /> resulta justo ni apropiado que se me imponga una sanción o carga como las<br /> indicadas en el oficio de notificación y que se contemplan Decreto con Fuerza de<br /> Ley Nº 850.<br /> SOBRE LA FALTA DE FISCALIZACIÓN.<br /> No obstante, lo planteado precedentemente, quiero agregar que no<br /> corresponde se me responsabilice por hechos o actos que no he cometido y que<br /> además, por la falta de fiscalización o inspección de los servicios públicos<br /> competentes en la materia, sea obligado a ejecutar una obra compleja, pues no<br /> solo se trata de construir un foso que insisto no existe en dicho tramo, sino que<br /> implica descubrir o trabajar cerca de una red de agua potable y red de<br /> alcantarillado, tornándose riesgosa considerando la cantidad de población que<br /> tiene la localidad de Ñancul.<br /> SOBRE LOS ANTECEDENTES QUE APORTA EL MUNICIPIO DE<br /> VILLARRICA Y LA EMPRESA CONSTRUCTORA APIA Spa.<br /> De los antecedentes que recibí junto a la notificación, consta un oficio de<br /> la Municipalidad e informe de la empresa encargada de la mantención de<br /> caminos, sin embargo, dan cuenta de información imprecisa y dejan la sensación<br /> de que se ha obstruido recientemente un foso y que sería producto de la<br /> construcción de accesos en el lugar, lo cual contrasta absolutamente con lo que<br /> se ha expuesto.<br /> Según información recabada y que puedo constatar, desde el tiempo que<br /> llevo residiendo en el sector, las aguas lluvias se descargan gravitacionalmente<br /> por un extremo hacia Ñancul y por el otro hacia Villarrica. En relación con vecinos<br /> que acusan anegamiento, la inexistencia de foso no es la causa principal, sino<br /> que las características de dichos terrenos, sumado, al desnivel en el que se<br /> encuentran, los hace susceptibles de anegarse.<br /> DOCUMENTOS ADJUNTOS.-<br /> Solicito tener en cuenta los siguientes documentos que adjunto a esta<br /> presentación como parte integrante de los descargos formulados, a fin de que<br /> se reconsidere la decisión de infraccionarme y hacerme responsable de hechos<br /> y actos que no he cometido.<br /> - Copia de Inscripción de dominio de mi propiedad de fojas 2080 Nº 1783<br /> del Registro de Propiedad del año 2015, correspondiente al Conservador<br /> de Bienes Raíces de Villarrica.<br /> POR TANTO<br /> SOLICITO, reconsiderar la medida adoptada y dejar sin efecto lo<br /> dispuesto en mi contra, ordenando en definitiva que las obras de ser necesarias,<br /> sean ejecutadas por vuestra Dirección o empresas licitadas al efecto y con cargo<br /> a sus presupuestos