Identificador |
AN002AW0840644 |
Fecha |
2020-06-10 16:00:00+00 |
Forma |
Videoconferencia |
Lugar |
Amunátegui 139 |
Duración |
1 horas, 0 minutos |
Nombre completo | Calidad | Trabaja para | Representa a |
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Carlos Luciano Martini | Gestor de intereses | SCS EQUIPOS LIMITADA | |
Dusan Nicolás Domancic Mandiola | |||
jorge carrasco |
Elaboración, dictación, modificación, denegación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley y leyes y también de las decisiones que tomen los sujetos pasivos. |
Elaboración, tramitación, aprobación, modificación, derogación o rechazo de acuerdo, declaraciones o decisiones del Congreso Nacional o sus miembros incluídas comisiones. |
Celebración, modificación o terminación a cualquier título, de contratos que realicen los sujetos pasivos y que sean necesarios para su funcionamiento. |
Diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas efectuados por los sujetos pasivos. |
Junto con saludar cordialmente, en mi calidad de gerente general y representante legal de SCS Equipos Ltda., empresa dedicada a la comercialización de equipos topográficos, espero tenga a bien acusar recibo y dar respuesta a la siguiente repregunta acerca de los permisos para la utilización de bandas de radio frecuencia para sistemas GPS RTK. <br /> El día 05/05/2020 ingresamos a través de OIRS-SUBTEL la consulta N° 127189. En ella estamos solicitando la utilización de la banda de radio frecuencia que va desde 868 hasta 928 Mhz. debido a inconvenientes presentados por algunos de nuestros clientes, principalmente en el sur de Chile; debido a que actualmente nuestro proveedor de equipos nos limitó el uso de la frecuencia al rango 915 a 928 Mhz. <br /> La respuesta de parte de OIRS-SUBTEL fue que no podíamos utilizar la banda requerida debido a que existen otros servicios operando en la misma banda, principalmente de telefonía móvil. Debiendo adecuarnos a las bandas establecidas por la Res. 1985 de 2017. Queremos apelar a esta respuesta y consultar la posibilidad de incluirnos dentro del Artículo 1, punto J.2). Esta solicitud la realizamos en función de 3 factores:<br /> 1) La limitación de la banda de radio frecuencia de parte de nuestro proveedor se realizó a nivel global, pero se instrumentó debido a algunos países con estrictas regulaciones para el uso civil de las bandas de radio frecuencia por cuestiones de seguridad nacional y usos militares.<br /> 2) Nuestros equipos utilizan una potencia de solo 0,1 W.<br /> 3) En la mayoría de los casos, el uso de nuestros equipos ocurre en predios alejados de las ciudades, (para las zonas urbanas, se usa la conectividad a internet) y no se realiza de forma intensiva. De esta forma no se ve afectada la comunicación de telefonía móvil. <br /> Si tenemos en cuenta estos factores, y según nuestra interpretación podríamos estar utilizando la banda que va desde 902 a 928 Mhz, sin estar fuera de la regulación de las bandas determinada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones de Chile. <br /> En consecuencia, solicito tengan a bien responder este formulario de consulta, confirmando la posibilidad de utilizar la banda de radiofrecuencia desde 902 a 928 MHz, con tal de poder presentarlo a nuestro proveedor para que nos habilite dichas bandas. Asimismo, si fuera posible, quisiera que puedan generarnos un certificado para trabajar en estas bandas |